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Acreditación para proveedores de servicios energéticos y auditores energéticos

Como continuación del post publicado anteriormente en el blog sobre la transposición parcial de la directiva de eficiencia energética, se publica el presente en donde se detalla la acreditación para proveedores de servicios energéticos y auditores energéticos, recogido en el Real Decreto 56/2016, realizándose los siguientes comentarios.

Cuando se habla de proveedores de servicios energéticos, hay que tener presente lo indicado a continuación:

*En el caso de personas jurídicas, recoger en el objeto social de las mismas la actuación de prestación de servicios energéticos o mejora de la eficiencia energética en las instalaciones o locales de un usuario.

*Se tiene que acreditar una cualificación técnica acorde con el trabajo que se tiene que desempeñar, cuando al menos uno de los titulares de la compañía cumpla con algunas de las siguientes condiciones, o en su caso, una persona de la empresa, que será la persona que se responsabilice con su firma de todos los documentos de carácter técnico que la empresa debe emitir.

– Estar en posesión de una titulación universitaria u otras licenciaturas, Grados o Máster universitarios en los que se impartan conocimientos en materia energética.

– Tener los conocimientos teóricos y prácticos sobre energía, acreditados por un título de formación profesional o certificado de profesionalidad, o bien tener reconocida competencia profesional adquirida por experiencia laboral, en materia de energía.

*Se tiene que contar con medios técnicos adecuados para proveer de los servicios energéticos en el área de actividad en el que la empresa desarrolle su actividad.

*Estar dados de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

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*Tener suscrito seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera que cubra los riesgos que puedan derivarse de sus actuaciones, por una cuantía mínima de 150.000 euros.

*En el caso de empresas que presten servicios que incluyan labores de instalación y/o mantenimiento, cumplir los requisitos establecidos para las empresas instaladoras y/o mantenedoras en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

*Ante el órgano competente en materia de eficiencia energética de la Comunidad Autónoma se debe presentar el anexo II o declaración responsable, en la que el titular de la empresa o representante legal manifieste que cumple los requisitos que se exigen por el mencionado Real Decreto, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad. La información de la declaración se incluirá en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos, anterior Directorio de Empresas de Servicios Energéticos, que estará en la sede electrónica del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Respecto a los auditores energéticos, se debe cumplir alguna de las siguientes condiciones:

*Estar en posesión de una titulación universitaria u otras licenciaturas, Grados o Máster universitarios en los que se impartan conocimientos básicos de energía, instalaciones de los edificios, procesos industriales, contabilidad energética, equipos de medida y toma de datos y técnicas de ahorro energético, o bien,

*Tener los conocimientos teóricos y prácticos sobre auditorías energéticas, acreditados por un título de formación profesional o certificado de profesionalidad, o bien tener reconocida competencia profesional adquirida por experiencia laboral, en materia de auditorías energéticas. En todo caso se tiene que acreditar haber recibido y superado un curso teórico y práctico de conocimientos específicos de auditorías energéticas, impartido por una entidad reconocida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con el contenido indicado en el anexo V.

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También se transponen otras cuestiones más específicas relativas a la promoción de la eficiencia energética en la producción y uso del calor y del frío.

Desde IMF se ofrece la posibilidad de recibir formación en materia de eficiencia energética a través del Máster en Sostenibilidad y Eficiencia Energética.

 

José Javier Alonso, tutor Energías RenovablesJose Javier Alonso, Tutor del  Master en Eficiencia Energética y Sostenibilidad de IMF Business School.

 

 

 

 

 

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Proveedores de servicios energéticos y auditores energéticos

Detalles sobre la acreditación para proveedores de servicios energéticos y auditores energéticos, recogido en el Real Decreto 56/2016.