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Reconocimiento médico “No Apto” ¿Qué supone?

En muchas de las entradas hemos hablado del reconocimiento médico, pero hasta ahora no hemos tratado el tema de lo que supondría para el trabajador el obtener un “no apto” en el informe.

¿En qué consiste el reconocimiento médico de los trabajadores?

El reconocimiento médico de los trabajadores consiste en hacer una estimación del estado de salud de los mismos, lo más completa posible, que defina la capacidad o incapacidad física y mental de ese trabajador con vistas a adaptar trabajador y trabajo y al mismo tiempo prevenir cualquier deterioro en su salud que pueda deberse a dicho trabajo.

De la realización de los reconocimientos médicos se derivan una serie de informes y entre ellos el informe de aptitud, que es el que vamos a tratar en la entrada de hoy.

¿Qué es el informe de aptitud? 

Se trata de un complemento del informe de los resultados del reconocimiento.

Este informe se elabora básicamente cuando el trabajador accede a la empresa o a un puesto de trabajo nuevo y  tiene características de confidencialidad y de secreto profesional.

Con este informe se trata de asegurar que el ejercicio del trabajo no puede ser perjudicial para la seguridad y salud el trabajador.

Al realizar el informe de aptitud, el médico debe haber una visión de presente pero también de futuro, y  valorar las repercusiones que un puesto de trabajo inadecuado pueda ejercer sobre la salud de los trabajadores, de manera que cuanto más duro y de riesgo sea el trabajo al que se accede más meditado debe ser el criterio de aptitud.

El médico del trabajo dirigirá al empresario un informe escueto en el sentido de considerar al trabajador:

  • “apto” para el puesto de trabajo para el que ha sido examinado.
  • “apto con limitaciones”, cuando modificando parte de las funciones inherentes al puesto de trabajo que no son fundamentales para el mismo, el trabajador puede ser apto.
  • “no apto” para el puesto de trabajo a que opta.

¿Qué sucede si el trabajador no es apto para el puesto?

Este tema es bastante peliagudo. Lo habitual es que el médico especialista, antes de emitir el certificado, comunique a la empresa que el trabajador que estaba destinado a ocupar un puesto determinado no es apto para desempeñarlo.

Si se trata de un reconocimiento médico inicial, durante el periodo de prueba del trabajador, el empresario deberá decidir si prolongarle el contrato buscando un puesto adecuado para el trabajador, y sobre el cual deberá informar al médico del trabajo para asegurarse de que el nuevo puesto es adecuado para el trabajador, o, por el contrario, puede decidir no prolongar el contrato.

Si se trata de un reconocimiento médico periódico, el médico informará al empresario de la situación y este deberá, según indica el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, buscar un puesto de trabajo en el que reubicar a su trabajador, informando al médico sobre las características de este nuevo puesto.

LEE:  Empresas modelo en prevención de riesgos laborales

El trabajador comenzará a desempeñar la nueva actividad en la que permanecerá mientras duren las condiciones de salud que desencadenaron su “no apto”.

En este último caso el médico emitirá un informe de aptitud para el nuevo puesto.

Puesto de trabajo adecuado para el empleado

No obstante puede suceder que en la empresa no exista un puesto de trabajo adecuado para el trabajador, y aquí es donde comienza realmente el problema.

En estos casos la empresa debe emitir un certificado indicando la situación y lo adjuntará al informe de aptitud del médico, de esta manera podrá rescindir el contrato del trabajador.

Este trabajador pasará a estar desempleado. Si el trabajador ha cotizado el tiempo suficiente, podrá solicitar la incapacidad que le corresponda, pero si no ha cotizado lo suficiente se quedará en paro.

Estos hechos están dando lugar a innumerables juicios en los que el trabajador pretende la anulación de su certificado de aptitud, por lo que denuncia al médico o al servicio de prevención desde el cual se emitió el informe negativo. La mayoría de estos juicios acaban dando la razón al médico especialista, pues el único interés que les mueve al emitir el certificado de no apto no es otro que la protección de la seguridad y salud del trabajador.

Socialmente este hecho parece perjudicar al trabajador, y realmente de alguna manera sale perjudicado al quedarse sin trabajo, pero esto no puede influir en el médico, pues no puede firmar un apto en un informe que no lo es, ya que entonces no estaría poniendo solo en juego el trabajo del trabajador, pondría en juego algo más importante como es su salud y su seguridad.

Además esto no indica que el trabajador vaya a estar desempleado de por vida, esta persona puede seguir buscando trabajo y encontrar un puesto en otra empresa donde se le garanticen estos derechos fundamentales recogidos en la propia Constitución: el derecho al trabajo y a la salud.

Formación Relacionada

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

58 Respuestas

  • Hola. Llevo dos años de baja. El Inss me propuso para una invalidez permanentr, la.cual me.ha denegado. Cuand meAho comunicaron fui a la.empresa y me mandarona hacerme el rwconocimiento medico. Hace unos dias me mandaron el resultado de dicho reconocimiento, NO APTO. Hoy me han llamado de la empporesa para reincorporarme hoy mismo al mismo puesto en el que estaba. Eso.es posible? No se que hacer, soy incapaz de volver al mismo sitio. Si no soy qpto me pueden mandar ql mismo sitio? Ademas, todo este tiempo mientras no se resolvia, casi dos meses, no he cobrado nada. Estoy perdido. Graciqs de antemano

  • Hola.
    Debido a unos acúfenos por más de un año y que al principio se presentaron por sordera súbita tuve que darme de baja médica. Tras el alta instada recientemente por la mutua la empresa me envió a un reconocimiento médico en el cual fui declarada como NO APTA. LLevo un mes sin que el dpto de RRHH se pronuncie al respecto, no me han dicho nada de reubicarme estoy realizando tareas de backoffice (tareas administrativas) aunque soy Teleoperadora. La pregunta es : ¿Qué debo hacer? Aunque estoy trabajando y no cojo llamadas el ruido que hay en plataforma me hacen doler los oídos. El médico me recomienda la baja pero aún no la cojo por saber que es lo que la empresa va hacer conmigo. Pero estoy al límite con la sensibilidad en mis oídos. Qué recomendación me darías????

    • Hola al final ,has podido resolver algo?.
      Estoy en tu misma situación y no se que hacer.
      Gracias por tu respuesta

  • Hola, trabajo en una plataforma petrolífera en una empresa de España, después de estar 4 meses de baja y pedir el alta voluntaria al encontrarme mejor mi empresa me dice que tengo que pasar por protocolo por un reconocimiento medico el cual no me dan el apto, por temas de seguridad y puesto específico de planta de producción, me tendría que haber incorporado a la plataforma y no es así estoy en casa no se nada más tengo la sensación de estar en una laguna sin saber que hacer la empresa es multinacional del refino pero no se que puede pasar ahora conmigo después de estar fijo y llevar trabajando para ella más de 6 años.
    No se si me darían el apto con restricciones o el apto con recomendación de cambio de puesto o de centro.

  • Buenas le quería hacer una consulta. Mi padre tenía problemas en los dedos de la mano, le indican que es de los tendones y tenía que operarse. Tras la operación el dedo anular de la mano derecha (es diestro) se le queda totalmente inutilizado ya que no lo puede mover. Tras meses de rehabilitación y demás la seguridad social le da el alta y al reclamar le indican que es enfermedad profesional y por su parte en la empresa al realizarle el reconocimiento médico le dan un no apto (son trabajos físicos).
    Mi pregunta es, ¿en que situación estaría ahora? porque no puede realizar su trabajo al no estar apto pero tampoco está de baja.
    Si la empresa no puede reubicarlo ¿debería despedirlo e indemnizarlo?
    Un saludo y gracias

    • Hola después de seis meses de baja por un síncope y estar hospitalizado y realizandome todas las pruebas pertinentes y todas han salido bien me han el alta medida pero me dice la empresa que tengo que pasar reconocimiento medico preventivo(mutua)Que pasaria si la mutua no me da apto para desarrollar mi trabajo?
      Comentar mi trabajo es conductor profesional

    • hola buenos días, que me an echo la revisión médica en la empresa en un centro privado y me dicen que no puedo trabajar por que me hacen falta gafas …y e ido una óptica para hacerme lo mirar y me dicen estoy apto para conducir…algo falla , la cuestión es que no puedo trabajar..que puedo hacer ?

  • El año pasado pasé reconocimiento medico y advertí a la empresa de prevencion de riesgo laborales que tenía el tendón del supraespinoso roto, la cual a simple vista y in consultar mi historial me dió el APTO para trabajar.Este año al pasar reconocimiento con el mismo medico , le informo de lo mismo , y este año me ha dado el NO APTO TEMPORALMENTE,por la misma causa.Ahora estoy de baja por enfermedad común, no por accidente laboral , ni por enfermedad profesional. Según parece no puedo trabajar . Tengo que operarme para obtener el APTO , puedo denunciar a la empresa de riesgo laboral? Padezco tambien de rizoartrosis en ambas muñecas. Gracias.

  • ManoloBuenas, tengo una incapacidad por accidente de trabajo, hace tiempo, y trabajador activo en la misma empresa, en otro puesto. Ahora tengo una baja de 1 año, cuando tenga el alta, al pasar el reconocimiento médico si fuera no acto me pasaría aúna absoluta, ahora tengo una total desde hace 18 años, y 27 en la empresa, gracias

  • llevaba 1 mes en el trabajo, cuando en un reconocimiento medico me detectaron una enfermedad grave de corazón Y me mandaron inmediatamente al hospital. Mi pregunta es la siguiente: ¿se puede considerar accidente de trabajo, a la hora de reclamar una incapacidad permanente total?

    • hola Diego
      si tu enfermedad no tiene relación directa con tu puesto de trabajo no se puede considerar accidente laboral ni enfermedad profesional

  • Buenas tardes. Un trabajador ha agotado la Incapacidad Temporal y al Seguridad Social ha emitido el correspondiente parte de Alta. El trabajador tiene serios problemas físicos para desarrollar su puesto de trabajo, como responsable de almacén y ayuda logística a obras, ya que una de sus manos ha perdido una gran parte de sus funciones. En la empresa, por su seguridad, y por la seguridad de sus compañeros, no le permiten realizar labor alguna. No existen otros puestos de trabajo en donde poder ubicarlo (se trata de una empresa de montajes con 8 trabajadores: 7 de obra y un Director Financiero). El trabajador decide ir al médico y volver a solicitar la Baja nuevamente, por la misma causa que estuvo incapacitado por los 500 y pico días que marca la Legislación. Está èndiente del resultado del Reconocimiento Médico de empresa que, según el propio trabajador por la conversación mantenida con el médico, no va a ser apto. ¿Que se puede hacer en este caso tanto por parte de la empresa como por parte del trabajador?

  • hola José Luis
    si el trabajador no es apto para el puesto de trabajo porque así lo reconoce el médico especialista la empresa debes hacer un cambio de puesto, si no existe deberá emitir un certificado como que no puede reubicarte en otro puesto y con ello presentarte a la seguridad social.

  • Buenos días.. y al hilo de la última pregunta y respuesta… En caso de que el trabajador no sea apto y no poder colocarle en otro puesto dentro de la empresa… tendrá derecho a la prestación por desempleo?

  • hola buenos días, que me an echo la revisión médica en la empresa en un centro privado y me dicen que no puedo trabajar por que me hacen falta gafas …y e ido una óptica para hacerme lo mirar y me dicen estoy apto para conducir…algo falla , la cuestión es que no puedo trabajar..que puedo hacer ?

  • Hola llevo de baja mucho tiempo y ahora con una recaida estoy con una prorroga en el certificado medico que me ha hecho la empresa el medico me ha puesto no apto tienen que indecnizarme la empresa con el despido soy indefinida con 10 años de antiguedad gracias

  • Hola. Tengo enfermedad mental grave y por ello discapacidad de 45%. Estoy con medicación hace muchos años y estoy bien. Me voy a incorporar a trabajar en la Administración como operaria de carreteras de personal laboral. Debo decir mi enfermedad en el primer reconocimiento médico que voy a hacer? puedo obtener un NO APTO?

  • y Si se produce el despido por no aptitud para el puesto, es un objetivo con 20 días por año o de que estamos hablando… ?

  • Hola he pasado de baja medica 18 meses por apnea del sueño severa tengo algo mas de 62 años y soy conductor de grua el inss me abrio un expediente de incapacidad permanente y al de 3 dias de presentada la solicitud han denegado ellos mismo la incapacidad por lo cual automaticamento estoy de alta medica me presento a mi empresa y les hago un escrito que por el tipo de enfermedad que tengo necesito que me recoloquen en algun puesto que no tenga que conducir y me dicen que no tienen ningun puesto de acorde a lo solicitado , mis carnets profesionales a la hora de renovarlos me redujeron su validez a un año previa firma de la neumologa y ahora estoy de vacaciones y dentro de 15 dias entro a trabajar en turno de noche porque me corresponde por calendario de empresa y la empresa me pasa un correo que al dia siguiente del primer dia de trabajo pase reconocimiento medico por la mutua para valoracion ,la verdad no entiendo nada el inss me manda a trabajar que puede pasar con la valoracion de la mutua?? gracias

  • Hola estoy a la espera de un informe ,medico de la mutua por problemas en las manos con perdida de sensibilidad y ademas de tener 63 años y 45% de discapacidad por lo siguiente Diabetes Insulina, Sindrome de piernas inquietas , asma, acuofonia, hernia de iato, Acnea del sueño,, es posible que algo se me olvide en fin. No se quien si la seguridad social o la misma mutua la que da el apto o no y si es no apto seria un despido improcedente con lo que tendrian que indebnizarme 20 dias por año trabajado y el paro. corrijanme si me equivoco aunque creo que es asi

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El reconocimiento médico trata de asegurar que el ejercicio del trabajo no será perjudicial para el trabajador, es decir que es apto para ejercerlo.