1.1: Concepto de salario: (Art. 26 del Estatuto de los Trabajadores)
Septiembre 16, 2008 12:02 pm Módulo 8: Conceptos salariales y reflejo en la nóminaSe denomina salario a la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, en dinero o en especie, o los períodos de descanso computables como de trabajo.
A efectos del salario, se considera descanso computable como tiempo de trabajo:
- Vacaciones, Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores.
- Descansos semanales, días festivos, Art. 37 del Estatuto de los Trabajadores.
- Ausencias del trabajo permitidas legalmente y con derecho a retribución.
- Tiempo de lactancia, Art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores.
- Interrupciones del trabajo, ajenas a la voluntad del trabajador, Art. 30 del Estatuto de los Trabajadores.
Por otra parte el concepto “totalidad de las percepciones económicas” comprende todo bien de contenido económico: dinero, objetos de consumo, manutención, vivienda, etc., con la excepción de lo que se establece más adelante como percepciones extrasalariales.
En ningún caso el salario en especie podrá superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador, Art. 26.1 del Estatuto de los Trabajadores.


