1.1: Concepto de salario: (Art. 26 del Estatuto de los Trabajadores)

12:02 pm Módulo 8: Conceptos salariales y reflejo en la nómina
Se denomina salario a la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, en dinero o en especie, o los períodos de descanso computables como de trabajo.

A efectos del salario, se considera descanso computable como tiempo de trabajo:

  • Vacaciones, Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Descansos semanales, días festivos, Art. 37 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Ausencias del trabajo permitidas legalmente y con derecho a retribución.
  • Tiempo de lactancia, Art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Interrupciones del trabajo, ajenas a la voluntad del trabajador, Art. 30 del Estatuto de los Trabajadores.

Por otra parte el concepto “totalidad de las percepciones económicas” comprende todo bien de contenido económico: dinero, objetos de consumo, manutención, vivienda, etc., con la excepción de lo que se establece más adelante como percepciones extrasalariales.

En ningún caso el salario en especie podrá superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador, Art. 26.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Rellena el siguiente formulario para recibir más información sobre nuestros cursos:
Nombre (*)
Apellidos (*)
Población
Provincia (*)
Teléfono (*)
E Mail (*)
Observaciones
 
Los campos obligados para la solicitud llevan un asterisco (*)