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Auditorías del SGPRL

Las no conformidades, que comenté en la entrada de ayer, son el resultado de una auditoría. También os comenté, que las auditorías se tratan ampliamente en el temario del  Máster Oficial en PRL .

Las auditorías pueden ser internas (desarrolladas por personal de la organización independiente a la parte inspeccionada) o externas. En ambos casos los auditores han de tener formación universitaria con el contenido  especificado en el programa a que se refiere el anexo IV del R.D. 39/97, cuyo desarrollo tendrá una duración no inferior a 600 horas y una distribución horaria adecuada a cada proyecto formativo. (R.D. 337/2010).

AAuditorías del SGPRL unque la función principal de las auditorías como instrumento de gestión es valorar el nivel de conformidad o no conformidad de los elementos que componen el SGPRL y la eficacia de las acciones correctoras, también pueden sugerir medidas correctoras para superar problemas, o pueden simplemente indicar la naturaleza del problema y solicitar del auditado que defina y ponga en práctica una solución apropiada.

El informe de la auditoría se debe poner siempre a disposición del auditado (representante de la Dirección de la organización, servicio o área auditada según proceda en cada caso). Además de establecer un procedimiento independiente de auditoría, la organización puede adoptar procedimientos de autovaloración a cargo de la Dirección, para valorar la adecuación de la auditoría.

Según el RD 604/2006, hay que realizar la primera auditoría del sistema de prevención de la empresa dentro de los doce meses siguientes al momento en que se disponga de la planificación de la actividad preventiva. Este punto ha sido contemplado y reafirmado por la modificación del R.D. 39/97 aprobada por el R.D. 337/2010.

La auditoría se repetirá cada cuatro años, excepto cuando se realicen actividades incluidas en el ANEXO I del R.D. 39/97, en cuyo caso, el plazo será de dos años. Estos plazos de revisión se ampliarán en dos años en los supuestos en que la modalidad de organización preventiva de la empresa haya sido acordada con la representación especializada de los trabajadores en la empresa. En todo caso, deberá repetirse cuando así lo requiera la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las comunidades autónomas, a la vista de los datos de siniestralidad o de otras circunstancias que pongan de manifiesto la necesidad de revisar los resultados de la última auditoría.»

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Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

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Función principal de las auditorías como instrumento de gestión es valorar el nivel de conformidad o no conformidad de los elementos que componen el SGPRL .